Inicio › Jurisprudencia › Infundada: Se colige que, si bien el demandante cumplió 80 años de edad y percibe una pensión de invalidez bajo el régimen del decreto…
Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: Se colige que, si bien el demandante cumplió 80 años de edad y percibe una pensión de invalidez bajo el régimen del decreto…

Expediente 03378-2024-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-11-02

Sumilla

INFUNDADA. SE COLIGE QUE, SI BIEN EL DEMANDANTE CUMPLIÓ 80 AÑOS DE EDAD Y PERCIBE UNA PENSIÓN DE INVALIDEZ BAJO EL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY Nº 19990, LA BONIFICACIÓN ADICIONAL DEL 25% REGULADA POR LA LEY Nº 26769 CORRESPONDE ÚNICAMENTE A PENSIONISTAS DE VEJEZ Y JUBILACIÓN, NO A LOS DE INVALIDEZ. EN CONSECUENCIA, NO SE ACREDITA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PENSIÓN, DEBIENDO DESESTIMARSE LA DEMANDA.

Ficha jurídica

no disponible
La ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.

Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03378-2024-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-11-02

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 03378-2024-PA/TC. , 2025-11-02. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

Huella SHA-256 del contenido guardado:
624cfa09af9aa8d671fed95ae1327e0213ccd82f62aa7e89e3a06f777576ceb9
Calculada por el portal el 2026-10-28 04:36:58 (UTC). Es un sello interno, no un sello de tiempo cualificado de un tercero.