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Jurisprudencia · SPIJSe establece que en el caso de autos no se ha acreditado vulneración del derecho a la debida motivación. Teniendo en cuenta…
Expediente 02431-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-09-09
Sumilla
SE ESTABLECE QUE EN EL CASO DE AUTOS NO SE HA ACREDITADO VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN. TENIENDO EN CUENTA QUE, LA SENTENCIA DE VISTA SE HA PRECISADO QUE LOS DEMANDANTES CON FECHA ANTERIOR HAN INTERPUESTO DEMANDA DE HABEAS CORPUS, BÁSICAMENTE CON LOS MISMOS ARGUMENTOS QUE EXPONEN EN EL CASO DE AUTOS Y QUE FUERON OBJETO DE PRONUNCIAMIENTO MEDIANTE SENTENCIA DE VISTA, RESOLUCIÓN 9, DE FECHA 10 DE DICIEMBRE DE 2021, SIN INDICAR EL SENTIDO DE ESTA SENTENCIA.
Ficha jurídica
no disponibleLa ficha jurídica se elabora solo para documentos con PDF oficial. Este documento solo trae sumilla.
Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02431-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-09-09
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02431-2023-PHC/TC. , 2025-09-09. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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