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Expediente 02468-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-05-08
Sumilla
A PARTIR DEL ANÁLISIS DEL CASO, SE VISLUMBRA QUE NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA DEBIDA MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES. AL RESPECTO, SI BIEN LA SENTENCIA CONDENATORIA HA OMITIDO JUSTIFICAR EL EXTREMO REFERIDO A LA DETERMINACIÓN DEL QUANTUM DE LA PENA POR EL DELITO DE TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, NO OBSTANTE, LA SALA SUPERIOR HA CUMPLIDO CON SUBSANAR Y CORREGIR TAL OMISIÓN. POR OTRA PARTE, LA SALA SUPREMA OTORGÓ RESPUESTAS A LOS CUESTIONAMIENTOS PLANTEADOS POR EL FAVORECIDO, ASÍ PUES, CONSIDERÓ QUE LOS DELITOS MATERIA DE CONDENA FUERON ACREDITADOS CON PRUEBA MATERIAL Y PERICIAL.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02468-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-08
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02468-2023-PHC/TC. , 2025-05-08. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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