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Jurisprudencia · SPIJ

Improcedente: En el caso particular, se evidencia que los hechos denunciados por la parte recurrente no inciden en forma negativa, directa…

Expediente 01121-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-05-06

Sumilla

IMPROCEDENTE. EN EL CASO PARTICULAR, SE EVIDENCIA QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS POR LA PARTE RECURRENTE NO INCIDEN EN FORMA NEGATIVA, DIRECTA Y CONCRETA EN EL CONTENIDO CONSTITUCIONALMENTE PROTEGIDO DEL DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL Y DERECHOS CONEXOS. EN OTRAS PALABRAS, NO SE ARGUMENTA CÓMO LAS CUESTIONADAS RESOLUCIONES JUDICIALES AFECTARÍAN EL DERECHO FUNDAMENTAL MENCIONADO. POR LO TANTO, DEBE DECLARARSE LA IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 7.1 DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01121-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-05-06

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01121-2023-PHC/TC. , 2025-05-06. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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