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Jurisprudencia · SPIJ

En el caso en cuestión, se identifica que no se ha acreditado la vulneración del derecho de defensa del favorecido, debido a…

Expediente 01610-2023-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-04-30

Sumilla

EN EL CASO EN CUESTIÓN, SE IDENTIFICA QUE NO SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL FAVORECIDO, DEBIDO A QUE CONTÓ CON EL ASESORAMIENTO DE UN ABOGADO DEFENSOR. ASIMISMO, FRENTE A LA INCONCURRENCIA DE SU DEFENSA, SE LE DESIGNÓ UN ABOGADO DE LA DEFENSA PÚBLICA, CON EL PROPÓSITO DE GARANTIZAR SU CITADO DERECHO Y EL TRÁMITE REGULAR DEL PROCEDIMIENTO.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01610-2023-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-04-30

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01610-2023-PHC/TC. , 2025-04-30. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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