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Jurisprudencia · SPIJInfundada: Se vislumbra en este caso que, el recurrente solicita que se le otorgue pensión de invalidez por enfermedad profesional…
Expediente 02104-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2025-01-22
Sumilla
INFUNDADA. SE VISLUMBRA EN ESTE CASO QUE, EL RECURRENTE SOLICITA QUE SE LE OTORGUE PENSIÓN DE INVALIDEZ POR ENFERMEDAD PROFESIONAL CONFORME A LA LEY N° 26790, SIN EMBARGO, SE ADVIERTE QUE EL PORCENTAJE DE INCAPACIDAD PRODUCIDO POR LA ENFERMEDAD DE HIPOACUSIA MIXTA CONDUCTIVA Y NEUROSENSORIAL BILATERAL ES DE 19 % DE MENOSCABO, ES DECIR, NO SE CUMPLE CON EL MÍNIMO REQUERIDO. POR CONSIGUIENTE, AL NO ACREDITARSE LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS ALEGADOS, CORRESPONDE DESESTIMAR LA DEMANDA.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02104-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2025-01-22
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 02104-2023-PA/TC. , 2025-01-22. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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