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Jurisprudencia · SPIJ

Se aprecia que, en el caso de autos, la sentencia condenatoria de primera instancia se basa en los hechos plasmados en el…

Expediente 02416-2022-PHC/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-08-27

Sumilla

SE APRECIA QUE, EN EL CASO DE AUTOS, LA SENTENCIA CONDENATORIA DE PRIMERA INSTANCIA SE BASA EN LOS HECHOS PLASMADOS EN EL REQUERIMIENTO ACUSATORIO, Y HA MANTENIDO INCÓLUME LA PARTE FÁCTICA CONTENIDA EN EL REFERIDO REQUERIMIENTO, CONSERVANDO CONGRUENCIA EN LA SENTENCIA CONDENATORIA, RAZÓN POR LA QUE CORRESPONDE DESESTIMAR LA DEMANDA EN EL EXTREMO QUE CUESTIONA LA SENTENCIA CONDENATORIA DE PRIMERA INSTANCIA.

Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02416-2022-PHC/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-08-27

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02416-2022-PHC/TC. , 2024-08-27. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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