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Jurisprudencia · SPIJFundada: Se precisa que la notificación electrónica efectuada no garantizó el derecho de defensa de la parte demandante, pues esta no…
Expediente 04264-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-08-14
Sumilla
FUNDADA. SE PRECISA QUE LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA EFECTUADA NO GARANTIZÓ EL DERECHO DE DEFENSA DE LA PARTE DEMANDANTE, PUES ESTA NO CUMPLIÓ LOS TÉRMINOS EXPRESAMENTE DEFINIDOS EN EL ARTÍCULO 20.4 DE LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, AL NO HABERSE ASEGURADO LA ENTIDAD EMPLAZADA DE RECIBIR LA CONFIRMACIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LA NOTIFICACIÓN.
Ficha jurídica
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Convencionalidad y derecho comparado
No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación
Datos de la resolución
Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04264-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-08-14
Fuente oficial
El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).
Citar como
Expediente 04264-2023-PA/TC. , 2024-08-14. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).
Trazabilidad
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