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Jurisprudencia · SPIJ

Fundada: Se ha acreditado la vulneración del derecho a la pensión del recurrente, la oficina de normalización previsional debe…

Expediente 03475-2023-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-07-19

Sumilla

FUNDADA. SE HA ACREDITADO LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA PENSIÓN DEL RECURRENTE, LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL DEBE OTORGARLE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ DENTRO DE LOS ALCANCES DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 30003 Y SU REGLAMENTO, CON EL PAGO DE LAS PENSIONES DEVENGADAS CORRESPONDIENTES. TENIENDO EN CUENTA QUE, SE VERIFICO QUE EL ACTOR PRESENTÓ SU SOLICITUD DE PENSIÓN DE INVALIDEZ CON FECHA 4 DE SETIEMBRE DE 2019. POR TANTO, CORRESPONDE ESTIMAR LA PRESENTE DEMANDA.

Artículos citados 1

Ley N.° 30003, art. 11Aplica
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Ficha jurídica

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Convencionalidad y derecho comparado

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Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 03475-2023-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-07-19

Fuente oficial

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Citar como

Expediente 03475-2023-PA/TC. , 2024-07-19. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

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