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Jurisprudencia · SPIJ

Se ha determinado que la institución demandada sí presentó las actas de reunión de la defensoría del pueblo, así como las…

Expediente 04157-2022-PHD/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2024-05-11

Sumilla

SE HA DETERMINADO QUE LA INSTITUCIÓN DEMANDADA SÍ PRESENTÓ LAS ACTAS DE REUNIÓN DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO, ASÍ COMO LAS CHARLAS CON LA DEMUNA, Y ESTAS FUERON REMITIDAS A LA RECURRENTE POR DISPOSICIÓN DEL JUEZ DE PRIMER GRADO. Y, EN TANTO, LA DEMANDANTE NO HA ARGUMENTADO DISCREPANCIA ALGUNA SOBRE DICHA ENTREGA, LA SALA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONSIDERA QUE SE HA PRODUCIDO LA SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 04157-2022-PHD/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2024-05-11

Fuente oficial

El archivo oficial del SPIJ (Ministerio de Justicia) trae solo la sumilla. No incluye enlace a la sentencia completa: copia el número y búscalo en el sitio oficial.
Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 04157-2022-PHD/TC. , 2024-05-11. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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