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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: El demandante percibe pensión de invalidez vitalicia por accidente de trabajo bajo los alcances del decreto ley n° 18846, no…

Expediente 01633-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-01-25

Sumilla

INFUNDADA. EL DEMANDANTE PERCIBE PENSIÓN DE INVALIDEZ VITALICIA POR ACCIDENTE DE TRABAJO BAJO LOS ALCANCES DEL DECRETO LEY N° 18846, NO PUEDE SER BENEFICIARIO DE LA BONIFICACIÓN QUE OTORGA EL FONAHPU, PUESTO QUE PARA SER BENEFICIARIO DE LAS BONIFICACIONES QUE OTORGA EL FONAHPU SE REQUIERE SER PENSIONISTA DE INVALIDEZ, JUBILACIÓN, VIUDEZ, ORFANDAD O ASCENDIENTES PERTENECIENTES AL RÉGIMEN DEL DECRETO LEY N° 19990 O DEL DECRETO LEY N° 20530.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 01633-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-01-25

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 01633-2022-PA/TC. , 2023-01-25. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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