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Jurisprudencia · SPIJ

Infundada: No se ha acreditado que la resolución impugnada lesione el derecho fundamental alguno del demandante, puesto que se advierte…

Expediente 02149-2022-PA/TC · TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · 2023-01-11

Sumilla

INFUNDADA. NO SE HA ACREDITADO QUE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA LESIONE EL DERECHO FUNDAMENTAL ALGUNO DEL DEMANDANTE, PUESTO QUE SE ADVIERTE QUE NO HUBO UNA INDEBIDA APLICACIÓN DEL DECRETO LEY N° 25967, TODA VEZ QUE SI BIEN EL ACTOR ALCANZÓ LA EDAD REQUERIDA DURANTE LA VIGENCIA DEL MENCIONADO DECRETO LEY, SIN EMBARGO, SOLO CONTABA CON 28 AÑOS Y 10 MESES DE APORTES AL SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES. POR ELLO, NO RESULTA ERRADO QUE LA DEMANDADA HAYA APLICADO EL REFERIDO DECRETO LEY.

Ficha jurídica

no disponible
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Convencionalidad y derecho comparado

No se encontraron sentencias interamericanas con términos en común en las fuentes cargadas.
Tribunal Europeo (HUDOC): en preparación

Datos de la resolución

Tribunal: Tribunal Constitucional
Sala: no la entrega la fuente
Magistrado ponente: no lo entrega la fuente
Expediente: 02149-2022-PA/TC
Tipo: expediente
Fecha de publicación: 2023-01-11

Fuente oficial

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Datos abiertos del Ministerio de Justicia (licencia ODC-BY).

Citar como

Expediente 02149-2022-PA/TC. , 2023-01-11. Fuente: SPIJ, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (datos abiertos, ODC-BY).

Trazabilidad

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