Sentencia 1079/2024 · Exp. 05030-2022-AA
Sala 1 · Improcedente · 2024-10-07
Fundamentos jurídicos relevantes
4. Se debe precisar que el Decreto Supremo 168-2021-PCM ha sido derogado por el Decreto Supremo 005-2022-PCM, el cual a su vez ha sido derogado por el Decreto Supremo 016-2022-PCM, de fecha 27 de febrero de 2022. Este último decreto ha sido también derogado por el Decreto Supremo 130-2022-PCM, publicado el 27 de octubre de 2022, con el cual se pone término al estado de emergencia nacional decretado por la pandemia ocasionada por la COVID-19, debido directamente al avance del proceso de vacunación, el decrecimiento de la positividad, la disminución de los pacientes internados en las unidades de cuidados intensivos y el descenso de los fallecimientos por dicha enfermedad contagiosa, conforme se advierte en la parte considerativa del mencionado decreto. En consecuencia, ni el decreto cuestionado por los recurrentes ni las medidas allí adoptadas se encuentran actualmente vigentes. [...]
6. En este contexto, las medidas que se impusieron durante la pandemia no fueron permanentes o indeterminadas en el tiempo. Ello es así porque las razones que condujeron a su adopción han cambiado, conforme lo demuestra el fin del estado de emergencia y, por tanto, de las medidas dictadas.
7. De lo expuesto se aprecia que se ha producido la sustracción de la materia justiciable, por lo que, a tenor del artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional, corresponde declarar improcedente la demanda.
8. Por otro lado, el cuestionamiento relativo a las supuestas consecuencias negativas de la vacuna corresponde ser dilucidado en un proceso judicial que cuente con mayor estación probatoria.
Texto de la sentencia
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