Sentencia 806/2023 · Exp. 04907-2022-HC
Sala 1 · Improcedente · 2023-11-20
Fundamentos jurídicos relevantes
8. De los actuados, se advierte que no estamos frente a una denuncia de vulneración de los derechos constitucionales de un colectivo, dada por circunstancias estructurales, sino ante un pedido particular de un grupo de sentenciados en un proceso penal, los que tienen una condición jurídica distinta y particular a las personas que se beneficiaron de los efectos de la citada sentencia constitucional. En efecto, se aprecia de autos, que, en un proceso penal seguido contra los recurrentes y otros, se han determinado sanciones penales para cada procesado, quienes han tenido una estrategia de defensa personal.
9. Por ende, la decisión judicial emitida en otro proceso constitucional de habeas corpus solo tendrá efectos entre las partes que han intervenido en el citado proceso. Así, el pedido de los recurrentes de que los efectos de la sentencia constitucional se extiendan a sus casos concretos, resulta improcedente, porque estos no han intervenido en el citado proceso constitucional.
10. De lo expuesto, corresponde desestimar la demanda de habeas corpus en aplicación del artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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