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Tribunal Constitucional

Sentencia 620/2025 · Exp. 04875-2023-AA

Sala 1 · Infundada · 2025-04-15

Fundamentos jurídicos relevantes

19. Así pues, de lo desarrollado en los fundamentos que anteceden no se aprecia una manifiesta vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales y ni al derecho a ser juzgado por un juez imparcial, pues no se aprecia que lo resuelto por los jueces demandados responda a un interés o compromiso con alguna de las partes.

20. Finalmente, tampoco se aprecia la vulneración de los derechos a la tutela procesal efectiva y al debido proceso, pues, según se aprecia de los actuados del proceso subyacente, el recurrente tuvo acceso irrestricto a la jurisdicción y, ya inmerso en el proceso, el mismo se desarrolló conforme a las reglas del procedimiento preestablecidas, habiendo ejercido activamente sus derechos de defensa, el derecho a la pluralidad de instancias, el derecho a la motivación de las resoluciones, el derecho a los medios de prueba, entre otros.

21. En mérito a lo expuesto, y no habiéndose acreditado la vulneración de los derechos invocados, corresponde desestimar la demanda planteada.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 04875-2023-AA
Número de sentencia: 620/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de La Libertad
Fecha de emisión: 2025-04-15
Fecha de publicación: 2025-04-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Juzgado de Paz Letrado de de Pacasmayo y otro
Palabras clave
derecho a la tutela judicial efectivaderecho al debido procesoderecho a la motivaciónderecho a ser juzgado por un juez imparcial
Tesauro
Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva Derecho al debido procesoDerecho a una justicia imparcialDerecho a la motivación

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 620/2025, Exp. 04875-2023-AA, 2025-04-15. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.