Sentencia 896/2024 · Exp. 04812-2023-HC
Sala 1 · Improcedente · 2024-09-09
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el caso de autos, este Tribunal aprecia que aun cuando se invoca la vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, en realidad se cuestiona la valoración y suficiencia de las pruebas que determinaron la condena de don [nombre omitido]. En efecto, de las transcripciones de la sentencia condenatoria y de su confirmatoria realizadas en la demanda se entiende que la alegada vulneración en realidad se encuentra referida a que la declaración de la agraviada (proceso penal) de las testimoniales que la corroboran, la boleta de venta que acredita la preexistencia del bien, entre otras, no son suficientes para que se haya determinado que el favorecido despojó con violencia el celular a la menor agraviada durante la noche.
6. Por consiguiente, la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, por lo que resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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