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Tribunal Constitucional

Sentencia 945/2024 · Exp. 04700-2023-AA

Sala 2 · Infundada · 2024-07-17

Fundamentos jurídicos relevantes

12. Así pues, del análisis externo de las resoluciones judiciales materia de cuestionamiento este Alto Colegiado encuentra que, contrariamente a lo argüido por el recurrente, las mismas sí justificaron fáctica y jurídicamente la decisión contenida en ellas. En efecto, en la sentencia de vista el Ad quem, tomando en cuenta los argumentos de las partes, examinó los hechos denunciados a la luz de la valoración conjunta que efectuó de los medios probatorios actuados, concluyendo que el recurrente sí había incurrido en actos que constituyen maltrato a un menor y que con ello se vulneró sus derechos a la integridad psicológica y al buen trato, causándole daños que debía reparar. Por su parte, el auto calificatorio del recurso de casación justificó debidamente por qué a criterio de los jueces supremos demandados el recurso de casación no cumplía con los requisitos de procedencia.

13. Cabe precisar, en relación con el argumento del recurrente de que los jueces revisores habrían estimado la demanda en relación con la vulneración de un derecho no invocado en la misma, cual es el derecho a un buen trato, que ello carece de asidero pues, tal como se precisó en el fundamento 6.3, literal a), de la objetada, el derecho a un buen trato sí había sido sustentado en la demanda y, además, la discusión del proceso subyacente se centró en determinar si el menor agraviado había sido víctima de maltrato. Así pue se puede concluir que no se evidencia una manifiesta vulneración de los derechos fundamentales a la debida motivación y a la prueba.

14. Finalmente, tampoco se advierte la afectación del derecho a la tutela procesal efectiva, pues, según se aprecia de los actuados del proceso subyacente, el recurrente tuvo acceso irrestricto a la jurisdicción y, ya inmerso en el proceso, el mismo se desarrolló conforme a las reglas establecidas, habiendo ejercido activamente sus derechos de defensa, el derecho a la pluralidad de instancias, el derecho a la motivación de las resoluciones, el derecho a los medios de prueba, entre otros.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 04700-2023-AA
Número de sentencia: 945/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Puno
Fecha de emisión: 2024-07-17
Fecha de publicación: 2024-07-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Civil de la Provincia de San Román – Juliaca de la Corte Superior de Justicia de Puno y otro
Palabras clave
Derecho a la debida motivaciónderecho a la pruebatutela procesal efectiva
Tesauro
Derecho a la motivaciónMotivación escritaDerecho a la prueba

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 945/2024, Exp. 04700-2023-AA, 2024-07-17. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.