Sentencia 32/2025 · Exp. 04696-2023-HC
Sala 2 · Fundada en parte · 2025-01-13
Fundamentos jurídicos relevantes
12. En el presente caso, se advierte del Auto de Citación a juicio oral15 del proceso penal seguido contra el favorecido, que el abogado Víctor Goicochea Amaya actuó como defensor público, y se le notificó para que asista a la audiencia de juicio oral, bajo apercibimiento de ser excluido de la sentencia y nombrarse a otro defensor público. Del Acta de Audiencia de Juicio oral16, se tiene que estuvo presente el defensor público don [nombre omitido] embargo, en la parte final de la citada acta, se aprecia que manifestó su conformidad17 y no interpuso recurso de apelación contra la sentencia conformada; por lo que se expidió la Resolución 4, de fecha 24 de enero de 2023, que declaró consentida la precitada sentencia.
13. Por lo expuesto, corresponde, en consecuencia, declarar fundada la demanda, principalmente en lo que respecta a la vulneración de los derechos de defensa, a la pluralidad de instancia y por extensión al principio de gratuidad en la administración de justicia. […]
15. La presente decisión no implica la nulidad de la sentencia de conformidad, Resolución 3, de fecha 17 de noviembre de 2022, que aprobó el acuerdo de conclusión anticipada celebrado entre el acusado (favorecido), su defensa técnica y el Ministerio Público; y, que en consecuencia condenó al favorecido a la pena de cadena perpetua por los delitos de violación sexual de menor y tocamientos indebidos de menor de edad; y, que dispuso su revisión a los treinta años de haber sido cumplida, que será materia de revisión en sede de la judicatura penal ordinaria en virtud del recurso de apelación de sentencia que se pudiera presentar. Por lo cual, este extremo de la demanda deviene en improcedente.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
