Sentencia 1026/2024 · Exp. 04634-2023-AA
Sala 2 · Infundada · 2024-07-02
Fundamentos jurídicos relevantes
5. De ello, se determinó que los argumentos expuestos por la impugnante no guardaban nexo causal con la ratio decidendi contenida en la sentencia de segundo grado; por otro lado, se apreció que en el recurso casatorio se invocó la causal de infracción normativa de manera genérica, es decir, que formuló el recurso sin la precisión y claridad requerida; así como que su argumentación incidía en aspectos relativos al fondo del asunto, sin tener en cuenta que el reexamen de los hechos y de la prueba eran ajenos al debate casatorio, según lo establecía el artículo 384 del Código Procesal Civil; así, se estimó que no se satisfacía los requisitos que exigen los incisos 2) y 3) del artículo 388 del Código Procesal Civil.
6. En opinión de esta Sala del Tribunal Constitucional, la resolución cuestionada no ha vulnerado el derecho al debido proceso, pues la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República ha expuesto las razones de su decisión, esto es, ha analizado las causales denunciadas y, tras dicho análisis, no solo ha concluido que el recurso de casación no satisface los requisitos de procedencia antes señalados, sino que, principalmente, la argumentación de la demandante incidía en aspectos relativos al fondo de la controversia, sin tener en cuenta que el reexamen de los hechos y de la prueba eran ajenos al debate casatorio, por lo que corresponde desestimar la presente demanda.
Texto de la sentencia
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