Sentencia 328/2024 · Exp. 04628-2022-HC
Sala 1 · Improcedente · 2024-03-15
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el caso de autos, se solicita la nulidad de la sentencia de fecha 18 de setiembre de 2017, en el extremo que condenó a don [nombre omitido] como coautor de los delitos contra el patrimonio en la modalidad de defraudación (empleo de fraude procesal), contra la función jurisdiccional en la modalidad de fraude procesal, contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica, y contra la paz pública en la modalidad de asociación ilícita para delinquir a seis años de pena privativa de la libertad, y de la ejecutoria suprema de fecha 21 de noviembre de 2018, que confirmó la condena, siendo la temporalidad de la citada pena del 18 de setiembre de 2017 al 17 de setiembre de 2023. Por consiguiente, la pena impuesta ya ha sido cumplida.
6. Del documento emitido por el servicio de información vía web de la Dirección de Registro Penitenciario del INPE, Antecedentes Judiciales de Internos 503029, se constata que el favorecido egresó del Establecimiento Penal de Huaral el 17 de setiembre de 2023, por pena cumplida.
7. Por ello, esta Sala del Tribunal considera que en el caso de autos no existe necesidad de emitir un pronunciamiento de fondo, al haberse producido la sustracción de la materia por haber cesado los hechos que en su momento sustentaron la interposición de la demanda (30 de noviembre 2021).
Texto de la sentencia
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