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Tribunal Constitucional

Sentencia 1059/2025 · Exp. 04527-2023-HC

Sala 1 · Infundada · 2025-08-11

Fundamentos jurídicos relevantes

10. De la transcripción realizada en el fundamento ut supra, este Tribunal observa que la Sala cumple con fundamentar, a partir del análisis de los considerandos de la sentencia condenatoria, porque el favorecido sí mantenía un vínculo laboral con la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y la validez del testimonio de Garay Morales. Además, que en los numerales 32 al 34, los magistrados superiores analizaron la persistencia y coherencia en la incriminación del testigo, la alegada ausencia de dolo por parte de la defensa del recurrente y porque no se consideró el testimonio de la testigo de parte.

11. Finalmente, a partir de los fundamentos precedentes, se advierte que la jueza y los magistrados demandados han desarrollado los fundamentos suficientes relacionados a justificar su decisión en contra del recurrente; y que, en la realidad, el demandante pretende un reexamen conveniente a sus intereses por parte de este Tribunal.

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Datos de la sentencia

Expediente: 04527-2023-HC
Número de sentencia: 1059/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima Norte
Fecha de emisión: 2025-08-11
Fecha de publicación: 2025-08-29
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Primer Juzgado Penal Unipersonal de Independencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y otro
Palabras clave
Hábeas corpusdebida motivación
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivación

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 1059/2025, Exp. 04527-2023-HC, 2025-08-11. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.