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Tribunal Constitucional

Sentencia 1039/2025 · Exp. 04282-2023-HC

Sala 2 · Infundada · 2025-08-13

Fundamentos jurídicos relevantes

19. Al respecto, esta Sala del Tribunal Constitucional no aprecia que el juzgador penal haya interpretado los hechos materia de la acusación fiscal, ni mucho menos que se haya configurado una variación de estos, más bien se puede advertir del texto citado que el juez discrepa de la estructura utilizada en la acusación fiscal para presentar los hechos. [...]

21. Respecto de dicho cuestionamiento, cabe hacer notar que, en el fundamento séptimo de la sentencia condenatoria de primer grado26 y en los fundamentos 5.64-5.66 de la sentencia penal de vista que confirma la condena, se cumple con dar razones suficientes para sustentar la configuración del delito de asociación ilícita para delinquir en los términos solicitados en la acusación fiscal.

22. Por lo expuesto, esta Sala del Tribunal Constitucional considera que corresponde declarar infundada la demanda, al no haberse verificado la alegada vulneración a los derechos invocados.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 04282-2023-HC
Número de sentencia: 1039/2025
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Huánuco
Fecha de emisión: 2025-08-13
Fecha de publicación: 2025-08-29
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huánuco
Palabras clave
hábeas corpus contra resoluciones judiciales
Tesauro
Acción de Habeas Corpus

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1039/2025, Exp. 04282-2023-HC, 2025-08-13. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.