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Tribunal Constitucional

Sentencia 993/2023 · Exp. 03863-2022-HC

Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2023-10-27

Fundamentos jurídicos relevantes

7. Al respecto, este Tribunal aprecia que se cuestionan asuntos que no corresponde resolver en la vía constitucional, tales como los juicios de reproche penal de culpabilidad o inculpabilidad, la adecuación de una conducta en un determinado tipo penal, la valoración de las pruebas penales y su suficiencia, así como la determinación de la responsabilidad penal restringida. En tal sentido, en este extremo resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]

16. En tal virtud, se aprecia de lo reseñado de la sentencia condenatoria y de su confirmatoria que se expresó de forma clara y precisa su actuación en la comisión del delito de violación sexual y que, luego de la valoración de los medios probatorios, se consideró la pena prevista para el mencionado delito, la cual fue determinada en cinco años.

17. Se advierte también del Índice de Registro de la Audiencia de Juicio Oral de fechas 10 de setiembre de 2019, 19 de setiembre de 2019, 3 de octubre de 2019, 15 de octubre de 2019, 24 de octubre de 2019, 29 de octubre de 2019, 7 de noviembre de 2019 y de las sentencias condenatorias que la condena impuesta al recurrente fue sustentada en pruebas actuadas durante las sesiones de las audiencias de juicio oral, tales como las declaraciones de la agraviada, los testigos y los peritos, y que se oralizaron documentales, entre ellos, el Certificado Médico Legal 008217-G practicado a la agraviada.

18. Asimismo, de las citadas sesiones y de las sentencias condenatorias se aprecia que el recurrente ejerció por sí mismo y por intermedio de su abogado de libre elección su derecho de defensa, puesto que participó en la Audiencia de Control de Acusación de fecha 5 de enero de 2018, en la que su defensor realizó observaciones formales sobre los hechos imputados y se reservó el ofrecimiento de medios probatorios. Además de ello, el recurrente prestó declaración y su defensa ofreció una declaración testimonial, realizó el contraexamen a la agraviada, efectuó preguntas a testigos y peritos, no se pronunció sobre algunos instrumentos oralizados, solicitó que declare el pedido del fiscal sobre una prueba de oficio y formuló alegatos de apertura y de clausura. Asimismo, interpuso recurso de apelación contra la sentencia condenatoria, Resolución 15-2019 de fecha 11 de noviembre de 2019, el cual sustentó durante la audiencia de apelación de sentencia, entre otras actuaciones.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 03863-2022-HC
Número de sentencia: 993/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente / Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Puno
Fecha de emisión: 2023-10-27
Fecha de publicación: 2023-11-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Puno y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucional protegido del derechoDerecho a la debida motivaciónDerecho de defensa
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivaciónDerecho a la defensa

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 993/2023, Exp. 03863-2022-HC, 2023-10-27. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.