Sentencia 1418/2024 · Exp. 03610-2023-HC
Sala 2 · Improcedente · 2024-10-02
Fundamentos jurídicos relevantes
5. En el presente caso, este Tribunal advierte de las afectaciones alegadas en la demanda que se invocan elementos tales como la valoración de las pruebas y su suficiencia en el proceso penal, la subsunción de una conducta en un determinado tipo penal, la determinación judicial de la pena, así como la aplicación de un recurso de nulidad al caso concreto, los cuales son susceptibles de ser determinados por la judicatura ordinaria conforme a reiterada jurisprudencia de este Tribunal sobre la materia. En efecto, los cuestionamientos se refieren, básicamente, a la valoración de pruebas tales como el acta de transferencia vehicular; entre otras. Además, se hace referencia a la tipificación del delito de estafa agravada, así como la aplicación del Recurso de Nulidad 937- 2021/LIMA, y que los hechos se refieren a un incumplimiento contractual.
6. El Tribunal Constitucional ha señalado de manera constante y reiterada que la determinación de la pena impuesta conforme a los límites mínimos y máximos establecidos en el Código Penal, sea esta de carácter efectivo o suspendido, es materia que incluye elementos que compete analizar a la judicatura ordinaria, porque para llegar a tal decisión se requiere el análisis de las pruebas que sustentan la responsabilidad del sentenciado; por lo que la pretensión de la demanda de que se inaplique la pena efectiva por una suspendida no es competencia del juez constitucional.
7. Por ende, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
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