Sentencia 139/2024 · Exp. 03496-2022-HC
Sala 2 · Infundada · 2024-02-16
Fundamentos jurídicos relevantes
7. Conforme se aprecia de autos, la sentencia de vista ha desarrollado en forma clara y precisa los hechos que se imputan al favorecido y en qué tipo penal se subsumen los hechos imputados. Asimismo, se verifica que, en efecto, los jueces emplazados han sustentado su decisión tomando en cuenta los informes que contienen las escuchas que vinculan al favorecido con el delito imputado; sin embargo, también se observa que la decisión condenatoria ha sido determinada con base en un acervo probatorio que incluye declaraciones testimoniales y otros documentos, los que, en su conjunto, han vinculado al beneficiario con los hechos y, finalmente, determinado su responsabilidad penal.
8. Siendo ello así, del contenido de la resolución judicial cuestionada se acredita que está sustentada en términos constitucionales, puesto que los jueces emplazados han justificado en forma extensa los hechos imputados contra el beneficiario y cómo los medios probatorios actuados en el proceso penal acreditan su vinculación directa con los hechos, razón por la cual han fundamentado las razones que determinaron que confirmaran la sentencia condenatoria.
9. Por ende, corresponde desestimar la demanda de habeas corpus, al no haberse acreditado la vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
