Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 413/2023 · Exp. 03409-2022-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 413/2023 · Exp. 03409-2022-AA

Sala 2 · Infundada · 2023-06-13

Fundamentos jurídicos relevantes

8. Como se advierte del fundamento anterior, la labor de jefe de patio no está comprendida en las labores mineras señaladas en el fundamento 4 supra, las cuales constituyen requisito para acceder a una pensión de jubilación minera conforme a la Ley 25009 y su reglamento. En autos tampoco se ha demostrado que durante el ejercicio de sus labores el demandante haya estado expuesto a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad.

9. En consecuencia, dado que el actor no ha acreditado haber realizado labores mineras expuestas a riesgos de toxicidad, peligrosidad e insalubridad, corresponde desestimar la demanda.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 03409-2022-AA
Número de sentencia: 413/2023
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2023-06-13
Fecha de publicación: 2023-06-26
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Palabras clave
Derecho a la pensiónpensión mineraincumplimiento de requisitos para acceso a pensión
Tesauro
Pensión de jubilaciónPensión minera

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 413/2023, Exp. 03409-2022-AA, 2023-06-13. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.