Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 170/2025 · Exp. 03397-2024-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 170/2025 · Exp. 03397-2024-AA

Sala 2 · Infundada · 2025-03-06

Fundamentos jurídicos relevantes

9. Por consiguiente, no obstante que el demandante adjunta la información antes detallada, no ha cumplido con acompañar la documentación que sustente el nexo causal entre la enfermedad de la cual adolece y el servicio o acción desempeñada en el marco de sus funciones como efectivo militar. En efecto, en el Acta de Junta de Sanidad de Junta Institucional a que se refiere el literal e) se precisa que al Consejo de Investigación /Junta de Calificación/Junta Permanente Técnico Legal le corresponde determinar la condición en la que se generó la lesión. Así pues, el actor no ha cumplido los requisitos para el acceso a una pensión de invalidez en los términos establecidos en el Reglamento del Decreto Ley 19846 y en la sentencia emitida en el Expediente 07171-2006-PA/TC, a los que se hace referencia en los fundamentos precedentes.

10. Sentado lo anterior, este Tribunal juzga que, al no existir certeza de la relación causal entre la enfermedad que padece el actor y el servicio militar prestado, corresponde desestimar la presente demanda.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 03397-2024-AA
Número de sentencia: 170/2025
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2025-03-06
Fecha de publicación: 2025-03-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
baja por invalidezpensión de invalidezDerecho a la pensiónmiembro de las Fuerzas Armadasnexo causal
Tesauro
PensiónPensión de invalidezNexo causalEfectivos de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 170/2025, Exp. 03397-2024-AA, 2025-03-06. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.