Sentencia 88/2025 · Exp. 03227-2023-HC
Sala 1 · Improcedente / Infundada · 2005-01-09
Fundamentos jurídicos relevantes
7. Sin embargo, dichos cuestionamientos relacionados con la apreciación de hechos y a la valoración y la suficiencia de los medios probatorios, así como los alegatos de inocencia, deben ser analizados por la judicatura ordinaria conforme a reiterada jurisprudencia de este Tribunal Constitucional.
8. Por consiguiente, respecto de lo señalado en los fundamentos 5 a 7 supra, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional, toda vez que los hechos y el petitorio de la demanda no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado. […]
15. De lo expuesto, este Tribunal observa que la sala penal demandada dio respuesta a cada uno de los agravios efectuados por la defensa técnica de la favorecida.
Texto de la sentencia
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