Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 1750/2024 · Exp. 03076-2019-AA
Tribunal Constitucional

Sentencia 1750/2024 · Exp. 03076-2019-AA

Sala 2 · Improcedente · 2024-11-27

Fundamentos jurídicos relevantes

10. Ahora bien, conforme se advierte de los fundamentos precedentes, no obstante que esta Sala del Tribunal Constitucional dispuso una nueva evaluación al demandante, pese al tiempo transcurrido no se ha remitido una respuesta definitiva por parte del INR o del actor sobre su verdadero estado de salud, por lo que este Tribunal estima que, a la fecha de emitida la presente sentencia, no se ha podido determinar fehacientemente el estado de salud del demandante.

11. Así las cosas, corresponde declarar improcedente la demanda y dejar a salvo el derecho del actor para que haga valer su pretensión en la vía ordinaria.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 03076-2019-AA
Número de sentencia: 1750/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Junín
Fecha de emisión: 2024-11-27
Fecha de publicación: 2024-12-20
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros SA (Rímac)
Palabras clave
Derecho a la pensiónpensión de invalidezenfermedad profesionalnueva evaluación médica
Tesauro
Pensión de jubilaciónPensión de invalidezEnfermedad profesional

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1750/2024, Exp. 03076-2019-AA, 2024-11-27. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.