Sentencia 472/2022 · Exp. 03062-2021-AA
Sala 1 · Improcedente · 2022-11-04
Fundamentos jurídicos relevantes
6. En respuesta al pedido de información realizado por el juez de primera instancia, se presenta la Historia Clínica del Hospital Lanfranco La Hoz (ff. 164 a 168) de la que se advierte que no obra el informe de resultados, con intervención del médico neumólogo, determinando las pruebas auxiliares practicadas y el porcentaje de menoscabo; por lo cual el certificado médico presentado por el demandante carece de valor probatorio.
7. En ese sentido, esta Sala del Tribunal Constitucional estima que no existe certeza respecto de la enfermedad profesional que padece el actor, motivo por el cual la controversia debe ser dilucidada en un proceso que cuente con etapa probatoria, de la cual carece el proceso de amparo conforme lo señala el artículo 13 del Nuevo Código Procesal Constitucional, por tanto, la demanda deberá ser declarada improcedente.
Texto de la sentencia
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