Sentencia 913/2024 · Exp. 02990-2023-HC
Sala 2 · Improcedente · 2024-07-09
Fundamentos jurídicos relevantes
7. En el presente caso, de la revisión de autos este Tribunal advierte que el recurrente solicita que se le permita el acceso al segundo piso del inmueble, pero como él mismo refiere en la demanda y en su declaración, en el segundo piso del inmueble en cuestión estaba realizado obras de remodelación para utilizarlo como vivienda; es decir, que no constituye su domicilio respecto del cual se le obstaculice totalmente el ingreso y la salida. De igual manera, se aprecia que existen en discusión derechos sucesorios y de propiedad y posesión del inmueble que ambas partes reclaman para sí respecto de los sublotes 16-A y 16-B, lo que debe ser ventilado ante la jurisdicción ordinaria, con la actuación de los medios probatorios que se requiera, toda vez que mediante el proceso de habeas corpus no se puede determinar a quién le corresponde el derecho de propiedad respecto de qué área, pues, por un lado, se encuentra el recurrente que reclama el derecho de propiedad y posesión mediante un contrato de compraventa privado celebrado con el padre de la demandada, mientras que, por otro lado, la demandada reclama derechos sucesorios.
8. Sentado lo anterior, en el caso traído a esta sede resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional, toda vez que los hechos y el petitorio de la demanda no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado.
Texto de la sentencia
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