Sentencia 595/2023 · Exp. 02948-2022-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2023-07-05
Fundamentos jurídicos relevantes
3. En el presente caso, este Tribunal advierte que los hechos, así como los alegatos expuestos en la demanda que sustentan la solicitud dirigida a que el actor y el favorecido sean absueltos o que se les aplique una pena suspendida, que, se considere el tiempo de reclusión y se tome como pena compurgada; y que, en consecuencia, se disponga su inmediata excarcelación, así como su rehabilitación y la anulación de los antecedentes; o la conversión de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por la prestación de servicios a la comunidad, son susceptibles de ser valorados y resueltos exclusivamente por la judicatura ordinaria. En consecuencia, resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
11. De lo expuesto se observa que los jueces demandados cumplieron con la exigencia constitucional de la debida motivación de las resoluciones judiciales. En efecto, se aprecia que las sentencias condenatorias contienen una motivación fáctica y normativa, sustentada con medios de prueba sobre los elementos constitutivos del delito de usurpación en la forma de turbación de posesión agravada y que se les aplicó al actor y al favorecido la pena prevista en la mencionada norma penal correspondiente al delito imputado, la cual fue solicitada por el Ministerio Público en su requerimiento acusatorio de fecha 15 de junio de 2018 (f. 31). Asimismo, se expresó de forma clara y precisa la actuación del actor y del favorecido en la comisión del delito imputado, de lo cual tomaron conocimiento, por lo que pudieron defenderse.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
