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Tribunal Constitucional

Sentencia 359/2024 · Exp. 02926-2022-HC

Sala 1 · Infundada · 2024-02-16

Fundamentos jurídicos relevantes

16. Entonces, se verifica que los jueces demandados señalaron las pruebas que sustentan la veracidad de las imputaciones formuladas, el aporte probatorio de las pruebas ofrecidas y actuadas por los imputados y el razonamiento realizado. [...]

18. Como puede apreciarse, existieron diversos indicios que fueron valorados para determinar la existencia de un acuerdo colusorio, como el hecho de que la empresa del favorecido obtuviera la buena pro sin el cumplimiento de requisitos, y que existieran pagos indebidos por adelantos.

19. Por consiguiente, este Tribunal constata que no se vulneraron los derechos a la debida motivación y a la prueba, puesto que los hechos imputados estuvieron delimitados y los magistrados demandados valoraron y expresaron las razones por las que consideraron que el peritaje de parte no desvirtuaba las imputaciones en contra de don [nombre omitido].

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02926-2022-HC
Número de sentencia: 359/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Ica
Fecha de emisión: 2024-02-16
Fecha de publicación: 2024-04-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Juzgado Penal Unipersonal de Castrovirreyna y otro
Palabras clave
hábeas corpus contra resoluciones judicialesdebida motivaciónderecho a la prueba
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la motivaciónMotivación escritaDerecho a la prueba

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 359/2024, Exp. 02926-2022-HC, 2024-02-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.