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Tribunal Constitucional

Sentencia 481/2024 · Exp. 02915-2023-AA

Sala 2 · Infundada · 2024-04-12

Fundamentos jurídicos relevantes

11. Así pues, conforme a lo analizado supra, este Alto Colegiado juzga que la resolución materia de control constitucional sí ha expuesto argumentos fácticos y jurídicos que justifican suficientemente la decisión de declarar fundado el recurso de casación en relación con la infracción normativa del artículo 5 de la Ley 28175 y desestimar la demanda. Por tanto, carece de asidero el argumento de la recurrente de que lo resuelto se habría basado en la inobservancia del precedente establecido en la sentencia emitida en el Expediente 05054-2012-PA/TC, pues la cuestionada resolución solo hizo una referencia adicional a las reglas que se establecieron, por lo que no se aprecia incongruencia en lo resuelto ni vulneración alguna a los derechos al debido proceso y a la tutela procesal efectiva que también se alegaron.

12. Siendo ello así y no habiéndose acreditado la afectación al contenido constitucionalmente protegido de ninguno de los derechos invocados, se debe desestimar la demanda.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02915-2023-AA
Número de sentencia: 481/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lambayeque
Fecha de emisión: 2024-04-12
Fecha de publicación: 2024-04-26
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
Palabras clave
Amparo contra resoluciones judicialesDebido procesotutela procesal efectiva
Tesauro
Acción de AmparoDerecho a la tutela jurisdiccional efectiva

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 481/2024, Exp. 02915-2023-AA, 2024-04-12. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.