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Tribunal Constitucional

Sentencia 38/2025 · Exp. 02855-2023-AA

Pleno · Infundada · 2024-12-16

Fundamentos jurídicos relevantes

8. Así las cosas, este Tribunal Constitucional no ha constatado que la parte recurrente haya adjuntado la respectiva solicitud de pensión por invalidez, ni ningún certificado médico o dictamen médico en el que se consigne la incapacidad del trabajador pesquero.

9. Por lo tanto, con base en lo expuesto en los párrafos precedentes, este Tribunal Constitucional considera que la ONP no denegó arbitrariamente el otorgamiento de las pensiones de sobrevivencia solicitadas (viudez y orfandad), pues no se cumplieron con los requisitos previstos legalmente. En consecuencia, corresponde declarar infundada la demanda. […]

20. Contrariamente a lo alegado por la parte recurrente, este Tribunal Constitucional verifica que existe una justificación objetiva y razonable para tal diferencia, debido a la naturaleza particular de la actividad pesquera, la cual se caracteriza primordialmente por su estacionalidad; en contraste con las actividades que generan los aportes en los otros regímenes pensionarios previstos en el ordenamiento jurídico de nuestro país, invocados por la parte recurrente.

21. Por lo tanto, aducir la vulneración del principio de igualdad ante la ley ofreciendo como término de comparación a quienes se encuentran en una actividad con naturaleza diferente, no resulta admisible. Por tales consideraciones, también corresponde desestimar la demanda.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02855-2023-AA
Número de sentencia: 38/2025
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Santa
Fecha de emisión: 2024-12-16
Fecha de publicación: 2025-02-28
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Tribunal Administrativo Previsional de la Oficina de Normalización Previsional (ONP)
Palabras clave
Beneficio del régimen especial pesquero (REP)derecho de sobrevivenciaDerecho a la pensiónpensiones de sobrevivenciapensión de invalidezrégimen especial pesquero (REP)Derecho a la igualdadpensión de viudezpensión de orfandad
Tesauro
Derecho a la igualdad ante la leyPensiónPensión de invalidezPensión de viudezPensión de orfandad

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 38/2025, Exp. 02855-2023-AA, 2024-12-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.