Sentencia 388/2023 · Exp. 02841-2022-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2023-05-24
Fundamentos jurídicos relevantes
9. Se advierte de la Disposición Fiscal 4, del 18 de febrero de 2021, que se reabrió la Investigación Fiscal 2006044500-2020-130-0, porque se consideró que se apreciaron nuevos elementos de convicción no conocidos con anterioridad por el Ministerio Público, por existir la Investigación 2006044500-2020-571-0, que se abrió por la denuncia por el delito de violación sexual en agravio de la menor de iniciales K.H.L.H., quien habría sido agredida sexualmente por el favorecido el 22 de marzo de 2020, por lo que se practicó la Entrevista Única del 4 de enero de 2021. Asimismo se menciona la Investigación Fiscal 2206044500-2020-571-0, en la que narró los hechos materia de imputación, pues indicó que fue agredida desde el año 2017 y que no había declarado con veracidad porque fue amenazada por su progenitora, lo cual fue corroborado con los Certificados Médicos Legales 024626-IS y 024626-IS practicados a la menor. También en la citada disposición se ordenó la acumulación de la Investigación 2006044500-2020-130-0 a la Investigación 2206044500-2020-571-0, porque se consideró que existía una conexidad, pues había similitud entre las partes y porque se trataría de los mismos hechos, porque en ambos casos se investigaba el delito de violación sexual, y, a efectos de no generar pronunciamientos contradictorios y en aplicación de los principios de unidad del proceso y economía procesal.
10. Por consiguiente, respecto a los fundamentos 3 a 9 supra resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional. [...]
14. En lo concerniente a la alegación referida a que no se le notificó al favorecido de forma debida de los actos de investigación que se realizaron para incorporarlos como elementos de convicción en relación con el requerimiento de prisión preventiva dictado en su contra, se advierte que el favorecido de forma personal y a través de su abogado defensor de libre elección ejerció su derecho de defensa a través de las siguientes actuaciones: [...] k) En el Acta de Registro de la Audiencia de Apelación de Auto de Prisión Preventiva de fecha 22 de setiembre de 2021 (f. 303) realizada de forma virtual consta que estuvieron presentes el favorecido y su abogado de libre elección, quien se ratificó y sustentó su recurso de apelación; además, hizo uso de su derecho de réplica, entre otras actuaciones. l) El favorecido, con fecha 12 de octubre de 2021 (f. 311), designó nuevo abogado defensor de libre elección.
Texto de la sentencia
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