Sentencia 952/2024 · Exp. 02392-2024-AA
Sala 1 · Infundada · 2024-09-25
Fundamentos jurídicos relevantes
4. El demandante alega que la decisión administrativa mencionada vulnera su derecho a percibir una pensión de cesantía del mismo monto que la remuneración del servidor en actividad que desempeña un cargo igual al que ejerció a la fecha de su cese laboral. Considera que se ha interpretado de manera errónea las leyes 28389 y 28449.
5. Cabe recordar, que conforme a la reforma constitucional implementada por la Ley 28389, ha quedado proscrita cualquier nivelación entre remuneraciones y pensiones. En efecto, la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución de 1993 establece que: «No se podrá prever en ellas [reglas pensionarias] la nivelación de las pensiones con las remuneraciones», reforma constitucional que posteriormente fue convalidada por el propio Tribunal (…).
Texto de la sentencia
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