Sentencia 136/2024 · Exp. 02298-2022-AC
Sala 1 · Fundada · 2024-03-04
Fundamentos jurídicos relevantes
5. Así, se advierte que el mandato contenido en la resolución precitada está vigente, pues de autos no se advierte lo contrario; es un mandato cierto y claro, que consiste en dar una suma de dinero por concepto de intereses legales derivados de los devengados de la bonificación reconocida en el DU 037-94, equivalente a la suma de S/ 12 811.58. Asimismo, la parte demandante se encuentra individualizada como beneficiaria de lo dispuesto en la resolución y se consigna un monto determinado.
6. En consecuencia, en la medida en que se ha verificado que la Resolución Directoral 05140-2015, de fecha 18 de noviembre de 2015, que reconoce la suma de S/ 12 811.58 por concepto de intereses legales generados sobre la base del artículo 2 del Decreto de Urgencia 037-94 reúne los requisitos mínimos para ordenar su cumplimiento, corresponde estimar la presente demanda.
7. Finalmente, al haberse acreditado que la parte emplazada ha sido renuente al cumplimiento del acto administrativo reclamado en autos, corresponde, de conformidad con el artículo 28 del Nuevo Código Procesal Constitucional –modificado por el artículo único de la Ley 31583– que asuma los costos procesales, los cuales deberán ser liquidados en la etapa de ejecución de la presente sentencia.
Texto de la sentencia
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