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Tribunal Constitucional

Sentencia 660/2023 · Exp. 02265-2022-AC

Sala 1 · Infundada · 2023-10-27

Fundamentos jurídicos relevantes

8. Ahora bien, debe tenerse en cuenta que la Ley 24029 fue derogada por la Décima Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 29944, publicada el 25 de noviembre de 2012, fecha a partir de la cual perdió la condición de norma vigente.

9. De otro lado, el Decreto Legislativo 276, en su artículo 34, prescribe que la carrera pública administrativa concluye por el cese definitivo, esto es, la citada norma regula a los servidores administrativos en actividad, no a los que tienen la condición de cesantes, como es el caso del causante de la actora.

10. Por lo tanto, conforme a lo señalado supra, la emisión del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral 249-2021- GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC carece de virtualidad y legalidad para constituirse en un mandato de cumplimiento obligatorio en la vía del proceso de cumplimiento.

11. En consecuencia, resulta aplicable al presente caso el numeral 4 del artículo 66 del Nuevo Código Procesal Constitucional, el cual establece que, cuando el mandato sea contrario a ley, debe desestimarse la demanda.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02265-2022-AC
Número de sentencia: 660/2023
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lambayeque
Fecha de emisión: 2023-10-27
Fecha de publicación: 2023-10-31
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: [nombre omitido]
Palabras clave
Proceso de cumplimientoCumplimiento de resolución administrativasubsidio por lutoacto administrativo carente de virtualidad y legalidad
Tesauro
Acción de cumplimiento

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 660/2023, Exp. 02265-2022-AC, 2023-10-27. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.