Inicio › Jurisprudencia › Sentencia 863/2023 · Exp. 02238-2022-HC
Tribunal Constitucional

Sentencia 863/2023 · Exp. 02238-2022-HC

Sala 1 · Fundada · 2023-12-18

Fundamentos jurídicos relevantes

10. Conforme a lo expresado, se verifica que el recurrente no pudo conocer de la realización de la audiencia de revocatoria de suspensión de la pena, razón por la que no asistió, procediéndose a nombrar a una defensora pública para dicho acto. No cabe duda entonces que el nombramiento de un defensor público, por la deficiencia de la notificación no imputable al sentenciado, constituye una afectación a su derecho de defensa, dado que se le impidió no solo nombrar a un letrado de su elección, sino que ejerciera su defensa activamente en dicha audiencia.

11. Tal situación acarrea la estimatoria de este extremo de la demanda, y corresponde que se retrotraiga el proceso hasta el momento en que se cometió el vicio, esto es, hasta la etapa en que se notifique debidamente la Resolución 2, de fecha 18 de agosto de 2021, al sentenciado.

12. Por otro lado, se aprecia de foja 102, que realizada la audiencia de revocatoria de la suspensión de la pena con fecha 26 de agosto de 2021 a las 8:10 a. m., intervino la defensora pública, Dra. Carmen Quilcate Gutiérrez, quien al ser consultada sobre si se encontraba conforme con la decisión de declarar fundado el requerimiento de revocatoria planteado por el Ministerio Público señaló que se reserva (sic).

17. Estimada la demanda de habeas corpus, al haberse acreditado la afectación al derecho de defensa y pluralidad de instancia del actor, debe declararse la nulidad de todo lo actuado hasta el momento anterior a la emisión de la Resolución 2, de fecha 18 de agosto de 2021, que se reprograme la audiencia de revocatoria y que los emplazados emitan nueva decisión en el sentido que corresponda.

Selección del propio Tribunal Constitucional en su buscador de jurisprudencia.

Texto de la sentencia

tomado del PDF oficial

No se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.

Lectura automática del PDF: puede tener errores de formato y los nombres de personas se ocultan de forma aproximada. El documento válido es el oficial.

Datos de la sentencia

Expediente: 02238-2022-HC
Número de sentencia: 863/2023
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Fundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de La Libertad
Fecha de emisión: 2023-12-18
Fecha de publicación: 2024-02-13
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y otro
Palabras clave
Derecho de defensaderecho a la pluralidad de instanciadebida motivación
Tesauro
Derecho a la defensaPluralidad de instanciaDerecho a la motivación

Sentencia en PDF

Las sentencias no tienen protección de derecho de autor si se cita la fuente (DL 822, art. 9). Datos copiados del buscador público del Tribunal Constitucional.

Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 863/2023, Exp. 02238-2022-HC, 2023-12-18. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.