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Tribunal Constitucional

Sentencia 133/2024 · Exp. 02145-2022-AA

Sala 1 · Infundada · 2024-03-04

Fundamentos jurídicos relevantes

7. De todo ello, esta Sala del Tribunal Constitucional advierte que no se ha acreditado la vulneración del alegado derecho de defensa del demandante, pues este no cumplió con solicitar su inclusión al proceso subyacente en calidad de litisconsorte necesario. Asimismo, se evidencia que interpuso la presente demanda con el fin de revertir un lanzamiento y de acreditar su calidad de copropietario con una escritura pública que fue expedida cuando el proceso subyacente ya estaba en ejecución de sentencia, olvidando que ninguna autoridad puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada (inciso 2 del artículo 139 de la Constitución).

8. En tal sentido, corresponde desestimar la presente demanda al no advertirse que se hubiese vulnerado derecho fundamental alguno del demandante.

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Datos de la sentencia

Expediente: 02145-2022-AA
Número de sentencia: 133/2024
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2024-03-04
Fecha de publicación: 2024-03-27
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de Lima
Palabras clave
Derecho de defensaimprobanza de la pretensión
Tesauro
Derecho a la defensa

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 133/2024, Exp. 02145-2022-AA, 2024-03-04. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.