Sentencia 1140/2024 · Exp. 02138-2022-HC
Sala 1 · Improcedente · 2024-12-04
Fundamentos jurídicos relevantes
4. En el presente caso se le inició el proceso al favorecido conjuntamente con otras tres personas; dos de ellas fueron absueltas, Porfirio de la Sota Yangali y Raúl Ángel Santos Arquinigo y el tercero, Frank Gabriel Rodríguez Sotelo, tiene la condición de reo contumaz, con lo cual, sin la participación de tres o más que conforman una organización, no se configura la agravante del artículo citado, pero se le sentenció incorporando la citada agravante, más aún que, en los fundamentos de la sentencia, no se indica cuál sería el rol que vendría ejerciendo, el nivel jerárquico ni la permanencia en el tiempo de la citada organización criminal del favorecido. [...]
12. En efecto, la Sala demandada no se pronunció, de manera concreta, sobre las razones por las que el favorecido fue condenado por la conducta agravada del inciso 6 del artículo 247 del Código Penal, que requiere necesariamente la participación de tres o más personas, ya que él es el único condenado, pues sus otros dos coprocesados han sido absueltos y un tercero tiene la condición de reo contumaz o, dicho de otro modo, la Sala rechazó su pedido argumentando razones de cosa juzgada ‒sobre el cual, conforme ha señalado este Tribunal en reiteradas oportunidades, no es absoluta‒, que no se alegaron dichos hechos, oportunamente, en la etapa de los informes orales o en el recurso de nulidad y que el recurso que corresponde es el de revisión, esto es, razones sobre todo formales para rechazar el pedido del recurrente. Estas razones no rebaten ni descartan las alegaciones del favorecido, sino, por el contrario, se agota solo con base en razones formales frente a un hecho que podría incidir sobre la libertad personal del favorecido.
Texto de la sentencia
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