Sentencia 1305/2024 · Exp. 02132-2023-AA
Sala 2 · Improcedente · 2024-10-02
Fundamentos jurídicos relevantes
3. La recurrente cuestiona la decisión del Jurado de Honor del Colegio de Abogados de Lima, mediante la cual se le impuso una multa de tres unidades de referencia procesal, lo que a criterio de este Tribunal puede ser impugnado en la vía ordinaria, en la cual se evaluaría la pretensión de la recurrente y otorgar la tutela pertinente y eficaz para el caso propuesto.
4. Por otra parte, durante el trámite del presente proceso, los demandantes no han acreditado la existencia de un riesgo de irreparabilidad de los derechos invocados ni que exista alguna circunstancia que evidencie la necesidad de brindar tutela urgente a los derechos invocados.
5. Aunado a ello, aunque la recurrente ha denunciado un trato desigual, no ha justificado de forma alguna por qué la decisión del Jurado de Honor del Colegio de Abogados de Lima de imponerle una multa de 3 URP, afectaría el derecho a la igualdad.
6. Por lo expuesto, corresponde desestimar la demanda en aplicación del artículo 7.2 del Nuevo Código Procesal Constitucional, en tanto existe una vía igualmente satisfactoria para la dilucidación de la pretensión demandada.
Texto de la sentencia
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