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Tribunal Constitucional

Sentencia 264/2023 · Exp. 02093-2022-AA

Pleno · Improcedente · 2023-04-14

Fundamentos jurídicos relevantes

4. De las resoluciones glosadas, entonces, se evidencia que la Sala suprema sustentó su decisión de declarar improcedente el recurso de casación del demandante porque, incluso descontando del cómputo del plazo los días no laborables, el recurso fue presentado de manera extemporánea, en el decimotercer día de notificada la sentencia de vista; es decir, fuera del plazo previsto en la Nueva Ley Procesal del Trabajo. De ello, se advierte que lo que en realidad pretende el demandante es que este Tribunal Constitucional actúe como una suprainstancia de revisión en la que se pueda evaluar el criterio asumido por los emplazados, lo que no está permitido; más aún cuando no se advierte que la decisión cuestionada resulte arbitraria ni que comprometa el contenido constitucionalmente protegido de los derechos a la tutela procesal efectiva y al debido proceso.

5. En consecuencia, la demanda de autos incurre en la causal de improcedencia contemplada en el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional (artículo 5, inciso 1 del anterior código).

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 02093-2022-AA
Número de sentencia: 264/2023
Colegiado: Pleno
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2023-04-14
Fecha de publicación: 2023-04-28
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
Palabras clave
Proceso de Amparocontenido constitucional protegido del derechoderecho a la tutela procesal efectivaDebido proceso
Tesauro
Acción de AmparoDerecho a la tutela jurisdiccional efectiva

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Pleno, Sentencia 264/2023, Exp. 02093-2022-AA, 2023-04-14. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.