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Tribunal Constitucional

Sentencia 359/2022 · Exp. 01970-2022-AC

Sala 1 · Infundada · 2022-09-16

Fundamentos jurídicos relevantes

8. Por lo tanto, la emisión del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral 1426-2019-D-HD-HVCA-DG es contrario al ordenamiento jurídico, pues para el cálculo de la bonificación se utilizó la remuneración total permanente y no el ingreso total permanente, conforme se consigna en el Informe 89-2019/DH-OEA/OP-UR-APPTOHD/HVCA, de 1 de febrero de 2019, emitido por el encargado del Área de Remuneraciones de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Hospital de Huancavelica —presentado por el director de la Dirección Regional de Salud de Huancavelica, mediante el Oficio 2587-2021/GOBREG.HVCA/GRDS-DIRESA, de fecha 23 de noviembre de 2021, en cumplimiento del pedido de información formulado por este Tribunal en el Expediente 02579-2021-PC/TC—[…].

9. Por lo tanto, la Resolución Directoral 1426-2019-D-HD-HVCA-DG, constituye un acto administrativo que contiene un mandato que contraviene la ley, por lo que resulta de aplicación el artículo 66, inciso 4 del Nuevo Código Procesal Constitucional y, por ende, corresponde desestimar la demanda.

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Datos de la sentencia

Expediente: 01970-2022-AC
Número de sentencia: 359/2022
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Huancavelica
Fecha de emisión: 2022-09-16
Fecha de publicación: 2022-11-10
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Dirección del Hospital Departamental de Huancavelica
Palabras clave
Proceso de cumplimientoCumplimiento de acto administrativomandato contrario a ley
Tesauro
Acción de cumplimiento

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 359/2022, Exp. 01970-2022-AC, 2022-09-16. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.