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Tribunal Constitucional

Sentencia 554/2025 · Exp. 01938-2023-AA

Sala 1 · Infundada · 2025-04-15

Fundamentos jurídicos relevantes

10. Mediante Oficio 2859-2024-DG-INR, de fecha 18 de diciembre de 2024, la directora general del INR presentó a este Tribunal el Dictamen de Grado de Invalidez “Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo” 7165, de fecha 17 de diciembre de 2024, en el que el Comité Calificador de Grado de Invalidez Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Seguro Obligatorio por Accidentes de Tránsito dictamina que, luego de la evaluación médica correspondiente, de los informes médicos especializados y de los resultados de los exámenes auxiliares, se determinó que el actor no padece de neumoconiosis (Sin Neumoconiosis: 0 % menoscabo global, por lo que se concluye que no presenta grado de invalidez por enfermedad profesional de neumoconiosis.

11. En consecuencia, al no haberse acreditado que el actor padezca de enfermedad profesional alguna, no le corresponde acceder a la pensión de invalidez solicitada, motivo por el cual corresponde desestimar la demanda

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Datos de la sentencia

Expediente: 01938-2023-AA
Número de sentencia: 554/2025
Colegiado: Sala 1
Sentido de la resolución: Infundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Pasco
Fecha de emisión: 2025-04-15
Fecha de publicación: 2025-04-30
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros SA
Palabras clave
pensión de invalidezenfermedad profesionalDerecho a la pensiónneumoconiosisevaluación médica
Tesauro
PensiónPensión de invalidezEnfermedad profesional

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 1, Sentencia 554/2025, Exp. 01938-2023-AA, 2025-04-15. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.