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Tribunal Constitucional

Sentencia 593/2025 · Exp. 01732-2024-AA

Sala 2 · Fundada · 2025-05-13

Fundamentos jurídicos relevantes

18. Así pues, del examen externo de las resoluciones judiciales cuestionadas, este Tribunal estima que dichas resoluciones han incurrido en un vicio o déficit de motivación externa, al convalidar la inobservancia de la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional sobre el carácter no pensionable ni remunerativo del bono por función jurisdiccional. Además de ello, se observa que este mismo análisis fue utilizado para determinar la naturaleza remunerativa de las asignaciones excepcionales y su inclusión en la base de cálculo de los beneficios sociales. Siendo ello así y habida cuenta de lo expuesto, corresponde declarar la nulidad de las resoluciones impugnadas y disponer que el juez de primera instancia emita una nueva resolución que no incurra en dicho vicio o déficit.

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Datos de la sentencia

Expediente: 01732-2024-AA
Número de sentencia: 593/2025
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Fundada
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lima
Fecha de emisión: 2025-05-13
Fecha de publicación: 2025-06-30
Demandante: Poder Judicial
Demandado: Décimo Primer Juzgado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima y otra
Palabras clave
derecho al debido procesoderecho a la motivaciónProceso de Amparocontenido constitucionalmente protegidovicio en la motivación
Tesauro
Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva Derecho a la motivaciónAcción de Amparo

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 593/2025, Exp. 01732-2024-AA, 2025-05-13. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.