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Tribunal Constitucional

Sentencia 1727/2024 · Exp. 01611-2023-HC

Sala 2 · Improcedente · 2024-12-12

Fundamentos jurídicos relevantes

5. Cabe reiterar que, si se cuestionara una resolución judicial que restringe la libertad personal (sentencia condenatoria a pena privativa de libertad, prisión preventiva, entre otros) o que deniega un pedido de libertad (cesación de la prisión preventiva, solicitud de beneficios penitenciarios, entre otros) y que el fundamento con que se cuestione dicha resolución sea una supuesta vulneración a los derechos alegados podría considerarse cumplido el requisito relativo a la incidencia en la libertad personal. No obstante, nada de ello se ha señalado en la demanda ni en el recurso de agravio constitucional, máxime si de los documentos que obran en autos se aprecia que el favorecido tiene comparecencia simple.

6. Por consiguiente, la reclamación del recurrente no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus, por lo que resulta de aplicación el artículo 7, inciso 1, del Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Texto de la sentencia

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Datos de la sentencia

Expediente: 01611-2023-HC
Número de sentencia: 1727/2024
Colegiado: Sala 2
Sentido de la resolución: Improcedente
Distrito judicial: Distrito Judicial de Lambayeque
Fecha de emisión: 2024-12-12
Fecha de publicación: 2024-12-20
Demandante: [nombre omitido]
Demandado: Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y otro
Palabras clave
Hábeas corpuscontenido constitucionalmente protegido del derechoDerecho a la libertad personal
Tesauro
Acción de Habeas CorpusDerecho a la libertad

Sentencia en PDF

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Citar como

Tribunal Constitucional del Perú, Sala 2, Sentencia 1727/2024, Exp. 01611-2023-HC, 2024-12-12. Fuente: jurisprudencia.sedetc.gob.pe.