Sentencia 47/2023 · Exp. 01524-2022-AA
Sala 2 · Improcedente · 2023-01-19
Fundamentos jurídicos relevantes
8. Así las cosas, el Tribunal Constitucional considera que, en el caso de autos, no existe necesidad de emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia, por haberse producido la sustracción de la materia, ya que la Resolución 25, que declaró consentida la cuestionada Resolución 24, fue dejada sin efecto mediante la Resolución 53, con lo cual se le dio al actor la posibilidad de cuestionar en ese mismo proceso los actos que, a su parecer, habrían vulnerado sus derechos al debido proceso y a la defensa. Por ello, resulta de aplicación, a contrario sensu, el artículo 1 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
Texto de la sentencia
tomado del PDF oficialNo se pudo leer el texto del PDF (dirección del PDF no permitida). Ábrelo en la fuente oficial.
