Sentencia 157/2025 · Exp. 01244-2023-HC
Sala 2 · Improcedente / Infundada · 2024-11-04
Fundamentos jurídicos relevantes
15. Por tanto, estos cuestionamientos no revisten una suficiente relevancia constitucional que permita a este Colegiado emitir una sentencia de fondo respecto a la prueba con relación a dichas alegaciones; y esa es la razón concreta por la que se declara improcedente la pretensión del recurrente.
16. En consecuencia, los extremos de la demanda descritos en los fundamentos precedentes deben ser declarados improcedentes en aplicación del artículo 7, inciso 1, del Nuevo Procesal Constitucional. […]
29. Por tanto, este Tribunal advierte que el órgano judicial penal ha justificado de manera suficiente la intervención de la beneficiaria en los hechos penales que motivaron la condena en su contra; que ha explicado el motivo por el que no se valoró el peritaje de parte y que los contraindicios que arguye la defensa sobre la fecha de la renuncia al cargo de gerente de la empresa son contradichos por su declaración, que precisa que su renuncia se hizo efectiva el 21 de setiembre de 2007.
30. En consecuencia, este Tribunal declara que en el caso de autos no se ha acreditado la vulneración del derecho a la motivación de las resoluciones judiciales, en conexidad con el derecho a la libertad personal de doña [nombre omitido], con la emisión de la sentencia de fecha 31 de diciembre de 2015 y de la Sentencia de Vista 12-2016, Resolución 16, de fecha 26 julio de 2016, mediante las cuales fue condenada por el delito de colusión.
Texto de la sentencia
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